201612.29
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¿CÓMO AFECTA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO SOBRE INDEMNIZACIONES POR EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE INTERINIDAD A LOS TRABAJADORES ESPAÑOLES?

El pasado 14 de septiembre de 2016 el TJUE dictaba una Sentencia histórica, una Sentencia que pude suponer un gran cambio  para los trabajadores interinos españoles.

Hasta ese momento un trabajador interino que veía extinguido su contrato de trabajo no tenía derecho a percibir ningún tipo de indemnización  en virtud de lo establecido en el artículo 49.1c) del ET, mientras que un trabajador indefinido tiene derecho a percibir, cuando su contrato se extinguía  por causas objetivas, una indemnización de 20 días por año trabajado, e incluso un trabajador con un contrato temporal tiene también derecho a percibir, aunque en menor cuantía, una indemnización cuando su contrato finaliza.

El TJUE, en la Sentencia dictada, pone de manifiesto la existencia, en el derecho laboral español, de un claro trato discriminatorio  hacia los trabajadores interinos, trato que entraría en claro conflicto con la normativa europea existente, concretamente,  con lo establecido en el Acuerdo Marco suscrito por las organizaciones patronales y sindicales europeas. Dicho conflicto aparecería desde el momento en que la normativa laboral española deniega cualquier tipo de indemnización por la extinción de un contrato temporal de interinidad.

Pero, ¿como afecta esta Sentencia del TJUE al derecho español? o mejor dicho ¿Cual será la aplicación o interpretación  que de esta Sentencia  hagan los Juzgados y Tribunales del orden social (laboral)? Pues bien, habrá que esperar a ver las resoluciones que se dicten, aunque  el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya ha dictado una sentencia en el sentido de reconocer a los trabajadores interinos el derecho a percibir una indemnización de 20 días/año.

Esperemos que esta tendencia se mantenga aunque lo que si es claro es que, en virtud de lo establecido en la Sentencia del TJUE, los trabajadores interinos que vean extinguido su contrato y que no perciban cantidad alguna en concepto de indemnización deberán acudir a los tribunales a reclamar dicho derecho.

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